
La tendencia es similar en los diez municipios de la provincia con más oferta de este tipo
La excepción que confirma la regla se ha producido no sólo en un mes, sino en dos. Ni en abril ni en mayo del año 2026 se ha registrado una sola nueva vivienda de uso turístico (VUT) radicada en Sevilla capital en el Registro Oficial de Turismo de la Junta de Andalucía. Y, siguiendo con las excepciones, la situación es similar en los municipios de la provincia con mayor número de alojamientos turísticos de este tipo.
El alcalde hispalense, José Luis Sanz, atribuyó en un reciente Pleno municipal la desaceleración en el crecimiento del número de VUT en la capital de Andalucía al acuerdo de regulación/limitación adoptado, por impulso de su gobierno, por el Ayuntamiento en octubre del año 2024, pero desde entonces hasta hoy se han dado de alta un total de 542 alojamientos de este tipo en la ciudad a lo largo de diecinueve meses.
Por tanto, de atender a la hipótesis del alcalde, el efecto del acuerdo municipal habría tardado en producirse año y medio en números redondos, de lo que se infiere que no sería el mismo la única causa de la situación actual.

Notas: Inscripciones entre el 17 de junio de 2023 (investidura de Sanz como alcalde) y el 31 de mayo de 2026. A partir de noviembre de 2024 no se incluyen las más de un centenar de VUT inscritas que incumplen el acuerdo de limitación aprobado por el Pleno municipal el 17 de octubre de 2024 y que entró en vigor el día 29 de ese mes
Probablemente estarían confluyendo diversos factores, como serían las trabas añádidas en este periodo por el Gobierno central y por la Junta de Andalucía; el necesario permiso que ahora han de otorgar las comunidades de propietarios, siempre tan reticentes a acoger alojamientos turísticos de este tipo, y la saturación del mercado, que ahora está virando hacia los apartamentos turísticos en edificios completos por carecer de las restricciones administrativas de las viviendas turísticas.
Hay otro indicador que apuntaría a que no es sólo la limitación municipal en Sevilla capital la causa del frenazo a las VUT: también se ha producido de forma simultánea en los municipios de la provincia con mayor número de alojamientos de este tipo según el Instituto Nacional de Estadística, por lo que cabría interpretar que la tendencia es general en la provincia sevillana y no exclusiva de la metrópoli.
El abogado malagueño Jacob Salama (licenciaturisticaandalucia.es) ratifica que en la base de datos de la Consejería de Turismo para la provincia de Sevilla no aparecen nuevas licencias turísticas a partir de finales del mes de marzo. De hecho, la última inscripción se produjo el 24 de marzo, referida a Casa El Pocillo, en Villanueva del Ariscal, por lo que vamos camino de tres meses sin inscripciones en el conjunto de Sevilla, cuando el Registro sí está funcionando para otras provincias de la región, de lo que se infiere que existiría un problema técnico o un funcionamiento anómalo circuscrito a la Delegación Territorial de la Consejería de Turismo en Sevilla, la cual sigue sin dar ninguna explicación al respecto.
Probablemente estarían confluyendo diversos factores, como serían las trabas añádidas en este periodo por el Gobierno central y por la Junta de Andalucía; el necesario permiso que ahora han de otorgar las comunidades de propietarios, siempre tan reticentes a acoger alojamientos turísticos de este tipo, y la saturación del mercado, que ahora está virando hacia los apartamentos turísticos en edificios completos por carecer de las restricciones administrativas de las viviendas turísticas.
Hay otro indicador que apuntaría a que no es sólo la limitación municipal en Sevilla capital la causa del frenazo a las VUT: también se ha producido de forma simultánea en los municipios de la provincia con mayor número de alojamientos de este tipo según el Instituto Nacional de Estadística, por lo que cabría interpretar que la tendencia es general en la provincia sevillana y no exclusiva de la metrópoli.
El abogado malagueño Jacob Salama (licenciaturisticaandalucia.es) ratifica que en la base de datos de la Consejería de Turismo para la provincia de Sevilla no aparecen nuevas licencias turísticas a partir de finales del mes de marzo. De hecho, la última inscripción se produjo el 24 de marzo, referida a Casa El Pocillo, en Villanueva del Ariscal, por lo que vamos camino de tres meses sin inscripciones en el conjunto de Sevilla, cuando el Registro sí está funcionando para otras provincias de la región, de lo que se infiere que existiría un problema técnico o un funcionamiento anómalo circuscrito a la Delegación Territorial de la Consejería de Turismo en Sevilla, la cual sigue sin dar ninguna explicación al respecto.

El cuadro sobre estas líneas refleja la fecha de la última inscripción de viviendas de uso turístico en los diez municipios con más alojamientos de este tipo de la provincia según el INE, más otros cinco de diversas comarcas y elegidos de forma aleatoria.
Se comprueba que la fecha más reciente de la última inscripción es finales del mes de marzo y que ya no se ha registrado ninguna nueva VUT en abril ni en mayo.
CONFLICTO JURÍDICO
Por otra parte, la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública (Ministerio de Presidencia, Justicia y Relaciones con las Corters) ha abordado el conflicto entre una sociedad mercantil y el Registro de la Propiedad de Sevilla n.º 10 respecto a la asignación de un número de registro de alquiler de corta duración (NRA) para una vivienda de uso turístico (VUT).
La empresa Borlas CGG, S.L. solicitó en junio de 2025 la asignación de un número de registro para una vivienda en Sevilla. La registradora suspendió la solicitud al considerar que no se acreditaba el cumplimiento de los requisitos urbanísticos exigidos por el Ayuntamiento hispalense. Concretamente, exigió la aportación del «Modelo 17 Bis», una declaración responsable de utilización para uso de hospedaje presentada ante la Gerencia de Urbanismo.
La sociedad mercantil propietaria del inmueble basó su recurso en varios puntos fundamentales para defender que no necesitaba presentar dicha declaración adicional:
–Situación consolidada: La vivienda contaba con una licencia de primera ocupación desde 2019 y ya estaba inscrita en el Registro de Turismo de Andalucía desde el 27 de junio de 2022.
–Vacío normativo: Aunque la Modificación Puntual n.º 44 del PGOU de Sevilla (que clasifica las VUT como uso terciario de hospedaje) se publicó el 8 de junio de 2022, el informe técnico que definía el «Modelo 17 Bis» no se aprobó hasta el 4 de julio de 2022. La empresa alega que entre esas fechas hubo un vacío operativo
–Irretroactividad y seguridad jurídica: Sostiene que exigir un requisito urbanístico posterior a su inscripción turística vulnera los principios de irretroactividad de normas restrictivas y de confianza legítima.
–Exceso de calificación: Argumenta que la registradora no debe actuar como «fiscalizadora urbanística» ni exigir documentos ajenos al título inscribible.
La Dirección General desestima el recurso de la empresa dueña de la vivienda y confirma la nota de calificación de la registradora, basándose en los siguientes razonamientos:
–Competencia registral: Se reafirma que los registradores tienen la competencia y el deber de calificar si los alojamientos cumplen con los requisitos urbanísticos y administrativos antes de asignar el número de registro único, conforme al Real Decreto 1312/2024 y al Reglamento (UE) 2024/1028
–Uso terciario vs. residencial: Se ratifica que, tras la modificación del PGOU de Sevilla, las VUT no se consideran uso residencial sino uso terciario de hospedaje. Por tanto, cualquier cambio de uso requiere una declaración responsable según la ley andaluza (LISTA).
–Vigencia de la norma: La Dirección General aclara que la modificación urbanística entró en vigor el 8 de junio de 2022. El hecho de que los modelos administrativos (formularios) se publicaran semanas después no impide la aplicación de la norma, ya que éstos son sólo instrumentos técnicos
–Requisito indispensable: Al ser la resolución de inscripción turística posterior a la entrada en vigor de la nueva normativa urbanística municipal (8 de junio), la empresa debe acreditar obligatoriamente que cumple con los requisitos del Ayuntamiento de Sevilla mediante las declaraciones urbanísticas correspondientes
En conclusión, la resolución de la Dirección General establece que para obtener el número de registro de alquiler turístico en Sevilla no basta con la licencia de vivienda ordinaria o la inscripción previa en turismo; es imperativo acreditar la compatibilidad urbanística para uso de hospedaje exigida por el Ayuntamiento.
Fuente:Manuel Jesús Florencio
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